A partir del 15 de octubre los datos de los recién nacidos podrán inscribirse por vía electrónica desde los centros médicos, en un plazo máximo de 72 horas desde su nacimiento. Con este nuevo sistema se evitará que los padres tengan que acudir a las sedes de los registros, en los días posteriores al nacimiento, para inscribir a sus hijos en el Libro de Familia.
Esta medida también exige que se tomen las huellas plantares del recién nacidos y las dactilares de la madre, debiendo constar en la inscripción y acompañándose al formulario oficial que será remitido de forma electrónica e irá firmado por los padres, incluyendo el nombre del niño y su nacionalidad. El facultativo que asista al parto incorporará el parte del nacimiento acompañado de firma electrónica.
Este sistema será igualmente aplicado a las defunciones, en las que también se enviará de forma electrónica el comunicado del fallecimiento.
La Comisión de Justicia del Congreso ha aprobado la Ley de Jurisdicción Voluntaria, mediante la cual se eleva de 14 a 16 años la edad mínima para contraer matrimonio, igualando esta edad con la de consentimiento sexual, fijada también en 16 en la última reforma del Código Penal.
Mediante esta norma también se permite a los notarios celebrar matrimonios, separaciones y divorcios de mutuo acuerdo, siempre que no haya hijos menores de edad, ni personas con discapacidad de por medio. También se amplía esta potestad a los secretarios judiciales, como alternativa a los anteriores, “para evitar situaciones de imposibilidad de ejercicio de un derecho, que hasta ahora era gratuito, por falta de medios”.
Por último, se elimina el supuesto de emancipación por matrimonio, ya que actualmente un joven puede emanciparse a los 14 años si se casa, pero esto desaparece al haber elevado la edad para contraerlo a los 16 años.
El Congreso envía al Senado la Ley que sube de 14 a 16 la edad para casarse